Las billeteras virtuales tienen que informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los movimientos que realizan sus usuarios de manera mensual. Desde el 1° de abril, esta información se brinda luego de superar un monto mínimo de dinero.
De este modo, desde el lunes pasado, los bancos y billeteras virtuales deberán informar a la AFIP las operaciones que se realicen y que lleguen o superen los $400.000 mensuales.
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La medida, que ya regía solo que con valores menores, busca garantizar el vínculo entre las ganancias declaradas por un titular de esta plataforma y las operaciones realizadas, y que estas tengan una coherencia.
AFIP, en el caso de detectar movimientos irregulares o que no coincidan con las ganancias declaradas, puede pedirle al titular de dicha cuenta que presente los documentos que respalden sus ingresos.
Es decir, si recibo una transferencia por $400.000 o más a través de Mercado Pago, la plataforma deberá informar esta actividad a la Administración Federal de Ingresos Públicos.
El monto también se actualizó para las transacciones realizadas con la tarjeta de débito, pasando desde los $30.000 hasta los $120.000, pasado ese monto, deberá informarse.
Para mayor control
La Resolución General 5348/2023, publicada en el Boletín Oficial, detalla los nuevos montos mínimos para realizar operaciones, a través de billeteras virtuales, y que deben ser informados a la Administración Federal de Ingresos Públicos.
El cruce de datos entre estas plataformas online y la AFIP busca controlar los movimientos de los usuarios, comprobando que haya una coherencia entre sus declaraciones de ganancias con el dinero que manejan.